Sábado, Mayo 04, 2024
EL HUBIERA | ¿Lineamientos o una simulación más?

Por: Lic. Gerardo Hernández Ibarra

Analista Político

            Inmersos como estamos en la sociedad mexicana, en un proceso pre electoral sobradamente anticipado por obra y gracia del nuevo régimen político, que decidió que su “selección” de pretendientes a encabezar la próxima presidencia de la república debían iniciar como nunca se había realizado, con más de dos años antes de lo que conocemos como pre campañas.  Convertido como lo está, el titular del poder ejecutivo federal en el mariscal de campo del partido Morena apresuro a quienes él ha llamado las “corcholatas” para que se destaparan (aunque se nota que desde el inicio hay una predilecta) y esto devino en un ambiente electoral anticipado; por el lado del frente opositor integrado por el PAN, el PRI y el PRD, perdieron el tiempo y se relajaron, llevando la delantera la marca guinda, no es sino hasta junio del presente año que se decidieron a crear el Frente Amplio por México que difícilmente dará alcance en el tiempo al grupo del oficialismo, han iniciado también un proceso interno simulando como los de enfrente que solo se obtendrá como producto final un coordinador o coordinadora interna del frente; como ya es conocido estos procesos internos iniciaron sin reglas o mejor dicho violando casi todas las reglas electorales.

            El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió una resolución mandatando a el INE a generar los lineamientos de estos procesos internos (queda la duda si solo se están emitiendo para generar un proceso a posteriori imparcial, equitativo y transparente, o solo sea una simulación más “nomas para que no digan que no cumplen con sus obligaciones”); se emitieron los lineamientos y sobresalen las siguientes reglas:  cada “persona inscrita” tendrá un tope de gasto del proceso de 34 millones 300 mil pesos, los aspirantes de su propio peculio solo podrán aportar 2 millones 148 mil 166 pesos, lo que podrán aportar simpatizantes y militantes no será mayor a 537 mil 041 pesos; no podrán provenir apoyos de los poderes ejecutivo, judicial y legislativo, no podrán aportar los gobiernos estatales, los ayuntamientos,  los órganos de la CDMX, ni entidades y organismos de la administración publica federal, así como no aportaran personas físicas o morales extranjeras, organismos internacionales, ni personas morales o no identificadas.

            Los servidores públicos podrán participar en los procesos políticos en días inhábiles, su participación no tendrá elementos electorales o equivalentes y no tendrán una participación activa y preponderante; los legisladores pueden participar en los eventos en días y horas hábiles siempre que no se distraigan de sus actividades legislativas que estén bajo su responsabilidad.

            El INE durante los procesos políticos en todo momento certificara la propaganda que sea colocada en la vía pública, en unidades del transporte público, tales como los espectaculares, las bardas, las redes sociales y en caso de incumplimiento se ordenara su inmediato retiro; la propaganda deberá colocarse invariablemente en inmuebles que sean de propiedad privada, deberá obtenerse previamente la autorización por escrito del propietario; no deberá colocarse propaganda en los elementos del equipamiento urbano, en carreteras, en vías férreas, no deberán utilizarse monumentos ni edificios públicos; no deberán obstruir de ninguna forma los señalamientos que utilizan las personas para orientarse y transitar dentro de los centros de población; toda propaganda utilitaria, viáticos, logística, transporte, sueldos de personal de apoyo, propaganda en vía pública, internet, medios de comunicación o cines se contabilizara como gasto.

            Las personas inscritas que omitan presentar sus informes de gastos e ingresos al partido que conduce el proceso político respectivo o al comité designado para tal efecto, se sancionará de acuerdo al artículo 456 de la LGIPE que podrá ser desde una amonestación pública, hasta la pérdida del derecho de la persona inscrita para ser registrada como candidato(a) y en su caso si ya está hecho el registro con la cancelación del mismo.

            Personas físicas o morales que difundan encuestas o sondeos sobre los procesos políticos deberán presentar al INE un informe que contenga la metodología, costos, responsables y los resultados de las encuestas o sondeos.  Los legisladores inscritos no están obligados a solicitar licencia; desde el Presidente de la República hasta cualquier funcionario público no podrán manifestarse a favor o en contra de persona inscrita alguna.

            Estas son algunas de las reglas más significativas que contienen los lineamientos (esperamos no sea una simulación) ojala y sirvan para evitar se sigan vulnerando aún más las leyes electorales, con estos procesos políticos eufemísticos y adelantados, la credibilidad del TEPJF y del INE están en la mira de una gran mayoría de los electores, en el conjunto de magistrados y consejeros está en cumplir el mandato que les fue otorgado, “en ellos esta, que este singular proceso electoral 2024, pase esta gran prueba del ácido”

Frase para reflexionar:

“Existe una simulación de la inteligencia, como hay una simulación de la virtud”

Remy de Gourmont, novelista francés (1858-1915)

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