Miércoles, Enero 28, 2026
Convenio por adeudo de predial se realizará conforme al procedimiento regular: Alcalde

El trámite corresponde a la Tesorería Municipal y no requiere autorización directa del presidente municipal

El presidente municipal de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, informó que cualquier convenio para el pago de adeudos del impuesto predial se realiza mediante el procedimiento normal establecido por la Tesorería Municipal y negó que dicho trámite dependa de su autorización directa.

En entrevista, el alcalde explicó que, tras dialogar con la tesorera municipal, se le informó que se entregarán los requisitos necesarios para formalizar el convenio, como ocurre con cualquier contribuyente, y que el proceso podría concretarse en los próximos días.

Ante los señalamientos de la dirigencia estatal del Partido Acción Nacional (PAN), que denunció un supuesto rechazo por parte de la Tesorería Municipal para liquidar un adeudo millonario, Pérez Cuéllar aclaró que dicha versión es incorrecta y que se les harán llegar los requisitos correspondientes para acceder al convenio.

El edil subrayó que no firma convenios, ya que esta facultad corresponde exclusivamente a la Tesorería Municipal, y afirmó que es falso que se haya solicitado a los interesados acudir con él para autorizar el trámite. Señaló que, una vez cumplidos los requisitos y realizado el pago inicial, el convenio se firmará conforme a la normatividad vigente, con una posible vigencia de hasta un año.

Pérez Cuéllar indicó que para formalizar el convenio es necesario cubrir un anticipo y seguir el procedimiento establecido, el cual es igual para cualquier ciudadano.

Por su parte, el coordinador de Comunicación Social, Carlos Nájera, explicó que para acceder a un convenio es indispensable presentar una solicitud por escrito, ya sea a nombre del contribuyente o de su representante legal, acompañada del documento que acredite la representación. Agregó que también se debe incluir el número de cuenta, un teléfono y correo electrónico de contacto, así como el número de mensualidades solicitadas —sin exceder 12— y el monto del anticipo, el cual no podrá ser menor al 20 por ciento del adeudo.

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