Artistas, intelectuales y en general la comunidad intelectual de la entidad, levantan la voz para exigir no se elimine la Secretaría de cultura del Estado y se borre el avance que este sector ha tenido en los últimos años en beneficio de la comunidad en general
(Primera entrega de dos del orígenes del derecho a la cultura en el estado de Chihuahua)
La Secretaría de Cultura de Chihuahua, se creó por primera vez, mediante una reforma a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de fecha 03 de octubre de 2016 donde se sustituye al entonces descentralizado ICHICULT y se le infiere la obligación de elaborar y conducir la política cultural del Estado.
Como antecedente internacional, de acuerdo a la Declaración de Friburgo, de la UNESCO en el 2007, que a su vez, recordando la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los dos Pactos internacionales de las Naciones Unidas, la Declaración universal de la Unesco sobre la diversidad cultural y los otros instrumentos universales y regionales pertinentes, entre muchos temas más, se advierte que los derechos culturales son esenciales para la dignidad humana; por ello forman parte integrante de los derechos humanos.
Es precisamente a partir de la Declaración de los Derechos Humanos, que las constituciones nacionales reconocen la existencia de los Derechos Culturales y la obligación de los gobiernos de propiciar condiciones para su desarrollo.
Por otro lado, tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los términos de los artículos 4o. y 73, fracción XXIX-Ñ. Reforma del 29 enero de 2016, como en la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, se promueve y protege el ejercicio de los derechos culturales y se establecen las bases de coordinación para el acceso de los bienes y servicios que presta el Estado en materia cultural.
Con relación a lo anterior, en la administración 2016-2021, encabezada por Javier Corral, con la creación de la Secretaría de Cultura del Estado de Chihuahua, se promulgaron y actualizaron leyes que dieron solidez a la cultura como un derecho humano, obligando al estado a velar en todo momento por su observación y cumplimiento, a través de esta institución perteneciente al gabinete estatal, dependiendo directamente del titular del ejecutivo.
En primer término se encuentra la Ley de Desarrollo Cultural para el Estado de Chihuahua, (3 de febrero 2018) que entre sus objetivos tiene el reconocer los derechos culturales de los habitantes del Estado de Chihuahua; promover, respetar, proteger y garantizar el ejercicio de los derechos culturales e incentivar el desarrollo cultural en la entidad dentro del marco de respeto absoluto a los Derechos Humanos, la protección, conservación, investigación de la diversidad cultural, la transversalidad de las políticas públicas, la interculturalidad y del patrimonio material e inmaterial.
Además de la anterior, encontramos la Ley de Fomento para la lectura y el libro, del estado de Chihuahua (10 nov. 2018), la Ley para el fomento de la actividad cultural fílmica del estado de Chihuahua (21 julio 2018), la Ley de Protección al Patrimonio Cultural del estado de Chihuahua (5 mayo 2018) y la Ley estatal de bibliotecas (reforma 26 septiembre 2018).
Sin omitir señalar el apego de la normatividad anterior para dar cumplimiento al Plan Estatal de Desarrollo de Gobierno del Estado y el Plan Sectorial de la Secretaría de Cultura.